jueves, 23 de octubre de 2014

Responsabilidad de no presentarse al puesto de trabajo

Sin una buena razón, no podrá negarse a realizar una segunda entrevista, se le citará una segunda vez por carta certificada, no en vano, después de la segunda convocatoria en los siguientes meses para no interrumpir sus servicios. Se podrán mantener los subsidios si en un plazo de tres días de trabajo sin asistir a las clases se justifica su ausencia con un patrón aprobado por el director de la oficina de desempleo. En este caso recibirá más tarde una suspensión del pago de los certificados, que será válida siempre y cuando no aparezca en el fondo del seguro de desempleo. Se podrá suspender (con carácter retroactivo) si se contacta con el seguro de desempleo para finalizar el contrato en un plazo de treinta días.

El periodo comienza en el primer día de la ausencia. Se puede suspender también con carácter retroactivo si se prueba una buena razón por la que reclamar alegando su ausencia. Si después de la reanudación del trabajo se presentan nuevos certificados por incapacidad se deberán trabajar al menos cuatro semanas que pueden ser incluso desde el momento de su solicitud para beneficios de la exclusión, sin pasar por el fondo de seguro de desempleo. En este último caso, más tarde se recibirá una carta con la cita de la primera entrevista, podrán descargar el correo escrito que deberá firmar con un tiempo de reflexión antes de quince días.

Después de llegar a conectar con el formador si responde positivamente al firmar el contrato por escrito. Al hacer el seguimiento se requerirá el curso y la segunda entrevista se acordará en apenas cuatro meses más tarde. Si rechaza una segunda vez firmar el contrato después del periodo de reflexión, se le considerará como un desempleado, ya que ha fallado una obligación de mantenimiento. Esto significa que, además, será convocada, en principio cuatro meses más tarde una última entrevista de evaluación para evaluar los esfuerzos realizados y retirar la sanción temporal que se aplica durante el proceso. Si aun así no responde al correo, será equiparado a un desempleado que no haya participado en una formación y se suspenderán de inmediato sus servicios.